Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091105-0088

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE OVIEDO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Misael León Noriega, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 759 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Martínez Díaz, contra la empresa “Button Zip, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado con fecha 13 de octubre de 2009 sentencia, cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Que estimo la demanda interpuesta por doña Patricia Martínez Díaz, contra la empresa “Button Zip, Sociedad Limitada”, y contra el Fondo de Garantía Salarial, y declaro la improcedencia del despido de la actora, condenando a la empresa demandada a que a su elección, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta resolución, opte mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado de lo social entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o el abono de una indemnización en cuantía de 792 euros, equivalente a cuarenta y cinco días de salario por año de servicio. Se condena a Fondo de Garantía Salarial a responder subsidiariamente dentro de los términos legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en el banco “Banesto”, sito en la calle Pelayo, de Oviedo, a nombre de este Juzgado con el número 3359000065075909, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en dicha entidad bancaria a nombre de este Juzgado, con el número anteriormente indicado, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña María Cristina García Fernández.—Rubricado y sellado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a la empresa “Button Zip, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 13 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.608/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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