Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091105-0034

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre), se hace pública notificación de las incoaciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la concejala-delegada de Medio Ambiente, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 37.2 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y el decreto de la Alcaldía-Presidencia 1255/09, de 26 de marzo, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar.

La Policía Local ha procedido a la retirada de la vía pública y traslado al depósito municipal de los vehículos en situación de abandono que se relacionan a continuación, conforme a lo establecido en el artículo 71.1.a) de la Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo.

Los vehículos retirados y a los que se les ha incoado expediente sancionador con arreglo a lo dispuesto en la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid son los indicados más abajo.

Se nombra instructora a doña Luz Matas Soto y secretaria a doña Carmen Parra Cebeira, pudiendo promover recusación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se concede un plazo de quince días para presentar alegaciones, así como aportar los documentos que para su defensa estimen pertinentes; en caso de no efectuarlas, la iniciación del expediente será considerada propuesta de resolución, con los efectos señalados en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador.

Los correspondientes expedientes sancionadores obran en el Departamento de Régimen Sancionador del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno por ser un acto de trámite.

Rivas-Vaciamadrid, a 5 de octubre de 2009.—La concejala-delegada de Medio Ambiente, PD (1255/2009, de 26 de marzo), Sira Abed Rego.

(02/11.635/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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