Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091105-0002

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

I.  Vista la convocatoria pública de solicitud de subvención anual para el año 2009 aprobada por Decreto 5155/2009, de 18 de mayo, dirigida a todas las entidades de cooperación al desarrollo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120 con fecha 22 de mayo de 2009, de conformidad con la ordenanza que regula dicha convocatoria publicada de forma íntegra el día 16 de julio de 2005.

II.  Transcurrido el plazo para la prestación de solicitudes; examinada y valorada la documentación aportada por los solicitantes exigida en la convocatoria y una vez finalizado el período de alegaciones de adjudicación provisional, y habiéndose revisado las puntuaciones y estimado las alegaciones presentadas por la ONGD “Pablo de la Torriente Brau”, con código de identificación fiscal número G-80378417.

III.  Todas las solicitudes propuestas para aprobación han presentado la documentación exigida por la ordenanza y acreditan encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no son deudores por resolución de procedencia de reintegro.

IV.  De conformidad con la propuesta elevada a la Alcaldía-Presidencia por el Departamento de Cooperación, asistido por la Universidad de Alcalá de Henares, y de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la ordenanza señalada, se resuelve:

1.  Formular propuesta de resolución definitiva en materia de proyectos de cooperación al desarrollo, codesarrollo, proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo y ayuda humanitaria y de emergencia por un importe de 960.000 euros, con cargo a la partida 003.31301.48000, “Transferencias de cooperación institucional”, del presupuesto del Ayuntamiento de Alcobendas para el año 2009.

La convocatoria de subvenciones se efectúa de acuerdo con las prioridades, requisitos y recursos establecidos en la ordenanza reguladora de subvenciones para la cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente en Pleno con fecha 28 de junio de 2005, y publicada el día 26 de junio de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo se atendrá a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de esta Ley.

El objeto de la presente ordenanza es la regulación de la asignación de las subvenciones que el Ayuntamiento de Alcobendas destina a financiar proyectos en materia de cooperación internacional, estableciéndose las siguientes:

— Sección A: financiación de proyectos de cooperación al desarrollo y codesarrollo presentados por las ONG locales. La dotación de esta sección es del 50 por 100 del presupuesto de cooperación anual.

— Sección B: financiación de proyectos de ayuda de emergencia y asistenciales. La dotación es del 5 por 100 del presupuesto.

— Sección C: financiación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo a través de cooperación institucional y campañas de sensibilización. Dotación de esta sección, 45 por 100 del presupuesto.

2.  Proyectos de ONGD locales (sección A):

— Presupuesto según bases: 50 por 100 = 480.000 euros.

— Presupuesto final: 480.000 euros + 12.691,56 euros procedentes del sobrante de emergencia (sección B).

— Total adjudicado sección A = 492.691,56 euros.

Aprobar la propuesta de subvención que se formula para los proyectos de cooperación al desarrollo y codesarrollo presentados por las ONGD locales que se detallan a continuación:

PROYECTOS APROBADOS

Desestimar la solicitud de subvención que se formula para los proyectos de cooperación al desarrollo y codesarrollo presentados por las siguientes ONGD locales, por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado para la convocatoria.

PROYECTOS DESESTIMADOS

3.  Financiación de proyectos de ayudas de emergencia y asistenciales (sección B):

— Presupuesto según bases: 5 por 100 = 48.000 euros.

— Presupuesto adjudicado: 24.000 euros.

— Presupuesto sobrante: 24.000 euros.

Aprobar la propuesta de subvención que se formula para el proyecto de ayuda de emergencia y asistencial.

PROYECTOS APROBADOS

4.  Proyectos de cooperación institucional (sección C):

— Presupuesto según bases: 45 por 100 = 432.000 euros.

— Presupuesto final: 432.000 euros + 11.308,44 euros procedentes del sobrante de emergencia (sección B) y destinados a sensibilización.

— Total adjudicado sección C = 443.308,44 euros.

Aprobar la propuesta de subvención que se formula para los proyectos a realizar en países en vías de desarrollo a través de cooperación institucional.

PROYECTOS APROBADOS

Desestimar la solicitud de subvención que se formula para los proyectos a realizar en países en vías de desarrollo a través de cooperación institucional que a continuación se detallan, por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado para la convocatoria.

PROYECTOS DESESTIMADOS

5.  Proyectos de sensibilización (sección C):

Aprobar la propuesta de subvención que se formula para los proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo que se exponen a continuación.

PROYECTOS APROBADOS

6.  Desestimar los siguientes proyectos presentados a la convocatoria en la sección A, por incompatibilidad en el procedimiento de la convocatoria y abandono de la misma:

— Fundación IUVE.

— Fundación Altius Mano Amiga.

7.  Desestimar los siguientes proyectos presentados a la convocatoria fuera de plazo o expedientados en anteriores convocatorias:

— Municipalidad de Villarrica (no evaluado).

— Universidad de El Salvador (no evaluado).

8.  Autorizar y disponer a cada uno de los beneficiarios propuestos las cantidades desglosadas en los apartados anteriores, con cargo a la partida 003.31301.48000, “Transferencias de cooperación institucional”, del presupuesto ordinario del Ayuntamiento de Alcobendas para el año 2009, con objeto de financiar los proyectos destinados a la cooperación al desarrollo.

9.  Los beneficiarios quedan sujetos a las condiciones señaladas en la ordenanza reguladora para el otorgamiento de subvenciones para la cooperación al desarrollo y en las bases de la convocatoria, así como lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

10.  Desestimar el resto de los proyectos.

11.  Publicarlo, de conformidad con lo establecido en la ordenanza reguladora de subvenciones para la cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Alcobendas, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web del Ayuntamiento de Alcobendas y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

12.  Este procedimiento pone fin a la vía administrativa y contempla la interposición de los recursos señalados en el epígrafe B.1 al dorso de la notificación.

Alcobendas, 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa.

(03/34.654/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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