Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091105-0194

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

COSLADA

CONTRATACIÓN

Por este Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 13 de abril de 2007, se adoptó el acuerdo de enajenar y adjudicar a “Hipercor, Sociedad Anónima”, el contrato administrativo especial para la permuta de la parcela 1C, de titularidad municipal, situada en la calle Virgen de la Cabeza, de Coslada, y de equipamiento comercial, por tres inmuebles futuros a construir por dicha entidad, y que en función del acuerdo del Ayuntamiento Pleno, de 3 de noviembre del 2008, de modificación del contrato, lo serán un centro cultural, un centro integrado de Servicios Sociales y una biblioteca central, y que está expresamente sujetos a la condición suspensiva de su autorización por la Comunidad de Madrid.

La citada condición suspensiva se ha cumplido con la autorización por la Comunidad de Madrid mediante orden de 6 de octubre de 2009 de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, notificada a este Ayuntamiento el 15 de octubre del 2009.

El valor de la permuta, es decir, tanto de la citada parcela comercial, como de los tres inmuebles futuros a construir, lo es de 30.000.000 de euros.

Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 7 de los pliegos de las cláusulas administrativas especiales que rigen en dicho contrato, así como el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aplicable a este contrato en función de la disposición transitoria primera de la Ley de Contratos del Sector Público, de 30 de octubre de 2007.

Coslada, a 20 de octubre de 2009.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(02/12.001/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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