Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0190

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE LEGANÉS

EDICTO

El secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 357 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Leganés (Madrid), a 2 de diciembre de 2008.—Vistos por mí, doña Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgados de Leganés, actuando reglamentariamente en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de esta localidad, en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 357 de 2008, seguidos por una falta de hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, ejercitando la acción pública; el representante legal de “C & A”, en calidad de denunciante; don Alexandru Auran y don Alexandru Stefania, en calidad de denunciados, y el establecimiento “C & A”, como perjudicada.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Alexandru Auran y don Alexandru Stefania, como autores de una falta de hurto, a la pena de multa de cuarenta días, con una cuota de 9 euros cada día, con la responsabilidad subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, debiendo abonar a “C & A” la cantidad de 398 euros en concepto de indemnización, sin perjuicio de que dicho establecimiento ponga a disposición de los denunciados las prendas una vez abonada dicha indemnización, condenando igualmente a don Alexandru Auran y don Alexandru Stefania al abono de las costas propias del juicio.

Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma, y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, podrá interponerse recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alexandru Auran y don Alexandru Stefania, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 5 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/34.761/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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