Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091104-0073

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 3
DE MADRID

EDICTO

Doña Carmen Salgado Suárez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en el procedimiento ordinario número 799 de 2006, que se sigue en este Juzgado a instancias de doña Manuela García Olmeda y doña María Teresa García Olmeda, representadas por el procurador don Antonio de Palma Villalón, contra desconocidos herederos de don Bienvenido Pelegrín Blanco, en reclamación de liquidación de sociedad de gananciales, adjudicación de herencia y declaración de dominio, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 6 de febrero de 2009.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio ordinario sobre liquidación de sociedad de gananciales, adjudicación de herencia y declaración de dominio, tramitados con el número 799 de 2006 y seguidos a instancias de doña Manuela García Olmeda y doña María Teresa García Olmeda, contra ignorados herederos de don Bienvenido Pelegrín Blanco.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Estimo la demanda formulada por el procurador don Antonio de Palma Villalón, en nombre y representación de doña Manuela García Olmeda y doña María Teresa García Olmeda, contra ignorados herederos de don Bienvenido Pelegrín Blanco, resuelvo haber lugar a la misma y, en su virtud, declaro que las demandantes son propietarias en pleno y exclusivo dominio, con carácter privativo y en proindiviso, por iguales partes entre ambas, del 100 por 100 de la vivienda sita en el piso bajo B de la casa número 76 de la calle Ocaña, de esta ciudad, que consta inscrita en el Registro de la Propiedad número 9 de Madrid, al tomo 1.136, libro 1.136, folio 201, finca número 87.358, y ordenando la inscripción a su nombre del referido inmueble, lo que se llevará a efecto una vez firme la presente resolución, y con cancelación de cualquier anotación contradictoria.

Ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—La anterior resolución es notificada y archivada en la Secretaría del Juzgado, y queda por certificación literal unida a los autos.—Doy fe.

El edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Madrid, a 20 de julio de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/12.254/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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