Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
03-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091103-0145

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE BARCELONA

EDICTO

Según lo acordado en la presente jura de cuentas número 435 de 2003, seguida en este Juzgado a instancias de doña Ana Tomé Arnaiz, frente a doña Emma Delgado Lorenzo, por el presente se notifica a doña Emma Delgado Lorenzo, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha de hoy, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:

Parte dispositiva:

Se acuerda remitir a los Juzgados competentes en materia de ejecución la minuta de honorarios presentada por doña Ana Tomé Arnaiz, frente a doña Emma Delgado Lorenzo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, adviértase a la apremiada en los término de la misma, significándole a las partes que la presente resolución no es firme y que podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su recepción, u oponerse la apremiada en el mismo plazo, salvo si su domicilio no sea conocido, o esté en ignorado paradero, en cuyo caso podrá oponerse en el término de nueve días a contar de la publicación de edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Así lo acuerda, manda y firma la magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados y para su in­serción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Barcelona, a 2 de octubre de 2009.—La secretaria judicial, María Doganoc de León.

(03/34.592/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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