Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091103-0118
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 28 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.007 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Vergara Pascual, doña Ascensión Méndez López, doña Ángela María Londoño Atehortúa, doña Matilde Rojas Pérez y don Cristián González Cabral, contra la empresa “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 5 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que estimo la demanda formulada por don Miguel Vergara Pascual, doña Ascensión Méndez López, doña Ángela María Londoño Atehortúa, doña Matilde Rojas Pérez y don Cristián González Cabral, frente a “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, y declaro improcedente el despido de aquellos, condenando a la empresa demandada a que opte en el plazo de cinco días entre readmitir a los actores en las mismas condiciones anteriores al despido o indemnizarles en las cuantías que a continuación se dirá, abonándoles, en todo caso, los salario/día desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la presente resolución, a razón de los salarios que a continuación se indican: A don Miguel Vergara Pascual: 311,86 euros de indemnización y 33,27 euros de salario/día. A doña Ascensión Méndez López: 323,82 euros de indemnización y 29,11 euros de salario/día. A doña Ángela María Londoño Atehortúa: 1.831,33 euros de indemnización y 32,34 euros de salario/día. A doña Matilde Rojas Pérez: 905,56 euros de indemnización y 32,34 euros de salario/día. A don Cristián González Cabral: 1.646,63 euros de indemnización y 33,27 euros de salario/día. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Entre Tapas y Lectura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 6 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/34.620/09) |

