Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091102-0023

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

URBANISMO

El Pleno municipal, en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2009, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

«La Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en su sesión de 21 de julio de 2009, resolvió aprobar inicialmente el Plan Especial de Mejora de la Ordenación Pormenorizada de la Parcela ZV-2 de la Zona Este de La Moraleja elaborado por la mercantil “Arnaiz Consultores, Sociedad Limitada”, y someter el expediente a información pública por plazo de un mes mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a los que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de Bases de Régimen Local.

El objeto del Plan Especial consiste en la ampliación del régimen de usos asociados al principal de espacios libres del proyecto de parcelación de la Zona Este de La Moraleja, con el fin de hacer viable la ejecución de un aparcamiento de superficie en la misma con un límite máximo de ocupación del 6 por 100 de su superficie total, que permita paliar el déficit de aparcamientos en la zona. La intervención propuesta pretende adecuar las condiciones urbanísticas definidas por el planeamiento para la parcela de tal forma que sea viable la ejecución del reiterado aparcamiento, sin modificar el uso principal y característico de espacio libre.

Sometido el expediente a información pública por plazo de un mes mediante anuncio insertado en el diario “La Razón” de 6 de agosto de 2009 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de agosto de 2009, no se ha formulado ninguna alegación. Como consecuencia de ello, y dado que el alcance de la propuesta de Plan Especial se mantiene en los términos aprobados inicialmente.

En consecuencia, visto el informe evacuado por los Servicios del Área de Urbanismo, en el marco de lo dispuesto en los artículos 59 y 61.4 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 123.1.i) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, este órgano plenario acuerda:

1.  Aprobar definitivamente el Plan Especial de Mejora de la Ordenación Pormenorizada de la Parcela ZV-2 de la Zona Este de La Moraleja, cuyo objeto se refiere en la motivación de esta resolución y encaja en el tipo legal previsto para esta figura de planeamiento en el artículo 50.1.c) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

2.  Publicar el acuerdo y las ordenanzas correspondientes en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de Bases de Régimen Local.»

TEXTO DE LA ORDENANZA

Serán de aplicación las determinaciones establecidas en el artículo 4.5.4. Condiciones particulares de los usos del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, con la siguiente salvedad:

Se establece para el ámbito del Plan Especial en la parcela ZV-2 como uso principal el dotacional en clase B. Espacios Libres y la compatibilidad del uso Dotacional en clase C. Sistema de Transportes y Comunicaciones de aparcamiento de uso público en superficie de terrenos de uso público, con una limitación máxima de superficie del 6 por 100 de la superficie total del ámbito. Esta limitación de la superficie máxima que se puede destinar a aparcamiento de uso público se establece con el único fin de garantizar que se seguirá manteniendo la primacía del uso de espacios libres y no desvirtuar el carácter de zona arbolada que actualmente le caracteriza.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, significando que, contra ese acuerdo, podrá acudirse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de ese acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 7 de octubre de 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/35.074/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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