Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-10-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091031-0168

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE GRANOLLERS

EDICTO

Según lo acordado en los autos número 389 de 2009 seguidos en este Juzgado a instancias de don Agustín Marín Matas, don Luis Santano Moreno, don Joaquim Cantos Iglesias y don H. Hamed el Berkani, contra “Gurb Cénter, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Grupo Inversor Nautor, Sociedad Limitada”, y “Corporación Financiera Urdile, Sociedad Limitada”, en relación a reclamación de cantidad, por el presente se notifica a “Gurb Cénter, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, el auto dictado en fecha 6 de octubre de 2009 que es del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Juana Vera Martínez.— En Granollers, a 6 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

Dispongo: Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con el número 436 de 2009, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas. En cuanto a la fecha de la celebración del auto de juicio, déjese sin efecto el señalamiento acordado en las presentes actuaciones, señalándose para el día 18 de enero de 2010, a las diez horas, fecha del señalamiento acordado en el procedimiento número 436 de 2009.

Tómese nota en los libros de registro correspondientes, dejando la debida constancia en los autos que se acumulan

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos, advirtiéndoles que no es firme, pudiendo interponer contra la misma recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecu­tividad de lo que se acuerda (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda, manda y firma la magistrada-juez de lo social. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar lo acordado, notifíquese la presente resolución a las partes por correo certificado con acuse de recibo de conformidad con lo previsto en el artículo 56 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en forma a la persona anteriormente referenciada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BO­LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Granollers, a 6 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.427/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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