Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091031-0173
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE TOLEDO EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 735 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Rebato Arévalo, contra las empresas “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limitada”, “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 402 de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Que estimando subsidiariamente la pretensión de la demanda de despido, interpuesta por don David Rebato Arévalo, contra las mercantiles “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limitada”, y “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor, y, en consecuencia, debo condenar y condeno a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración, declarando extinguida la relación laboral entre las partes, procediendo a abonar al actor de forma solidaria, por parte de las mercantiles, la indemnización de 20.057,18 euros, así como el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la presente sentencia en cuantía de 43,25 euros diarios. Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha, con sede en Albacete, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante, al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Urbanizaciones Omega, Sociedad Limitada”, “Urbanizaciones Chemu, Sociedad Limitada”, “Soluciones Gabela, Sociedad Limitada”, y “Urbanizaciones Némesis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Toledo, a 10 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/33.986/09) |