Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091030-0209

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 53
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 443 de 2008 seguido en el Juzgado de primera instancia número 53 de Madrid, a instancias de “Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española”, contra “Emilio Lusquiños, Sociedad Limitada”, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

Sentencia

En Madrid, a 29 de octubre de 2008.—Doña María Isabel Ochoa Vidaur, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 53 de Madrid, ha examinado las presentes actuaciones de juicio declarativo ordinario seguidas con el número de orden 443 de 2008 en este Juzgado, a instancias de “Deutsche Bank, Sociedad Anónima Española”, representada por la procuradora doña Carmen Azpeitia Bello y bajo la dirección del abogado don Guillermo Frübech Olmedo, contra “Emilio Lusquiños, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía por su incomparecencia en autos, y sobre reclamación de cantidad; y…

Fallo

Que estimando la demanda promovida por la procuradora doña Carmen Azpeitia, en nombre y representación de “Deutsche Bank, Sociedad Anónima”, contra “Emilio Lusquiños, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía por su incomparecencia en autos, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de 173.914,13 euros a que asciende el importe del principal reclamado, con sus intereses al tipo pactado desde que se practicó el cierre, a saber, el 12 de diciembre de 2006.

Las costas se imponen a la parte demandada al haber sido estimada la demanda.

Líbrese y únase certificación literal de la presente resolución a las actuaciones y archívese el original en el legajo existente en Secretaría.

Así por esta mi sentencia, que deberá ser notificada a las partes, haciendo saber que dentro de los cinco días podrán preparar ante este Juzgado recurso de apelación del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación de sentencia a la demandada, extiendo y firmo la presente en Madrid, a 16 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/12.099/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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