Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091030-0206

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PINTO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2009, aprobó provisionalmente la ordenanza de modificación de ficheros de carácter personal denominados “CMC” y “Usuarios”.

Tras su exposición al público reglamentariamente, no se presentaron reclamaciones ni alegaciones, por lo que de conformidad con el acuerdo plenario por el Departamento de Informática se solicitó el informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Emitido el informe, el Ayuntamiento Pleno celebrado con fecha 24 de septiembre de 2009 aprobó definitivamente la referida ordenanza debiéndose publicar íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su entrada en vigor al día siguiente de su publicación, por lo que su contenido se publica íntegramente y dice:

ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DE FICHEROS 
DE CARÁCTER PERSONAL DENOMINADOS 
“CMC” Y “USUARIOS”

En el artículo 41.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el artículo 2 de la Ley 8/2001, de 3 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, la Corporación Local, en materia de protección de datos, queda bajo el ámbito de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En estos términos, de acuerdo con el artículo 4 del decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales, las Corporaciones Locales crearán, modificarán y suprimirán sus ficheros mediante la correspondiente ordenanza municipal, o cualquier otra disposición de carácter general, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y, en su caso, en la legislación autonómica.

La entrada en vigor del nuevo Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, aprobado por Real Decreto 1720/2007, obliga a determinar el nivel de seguridad aplicable a cada uno de los ficheros que traten datos de carácter personal, sean estos objeto de un tratamiento automatizado o no. Al objeto de regularizar el contenido de las inscripciones existentes en el Registro, se procede a la elaboración de una disposición de carácter general de modificación de todos aquellos ficheros que no cuenten en su inscripción actual con un nivel de seguridad asignado, especificándose el nivel de seguridad que les corresponde según la nueva regulación introducida por el citado Reglamento.

Mediante la presente ordenanza de modificación de ficheros se proceda a la modificación de los ficheros “CMC” y “Usuarios”.

La presente ordenanza será sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 1.  Modificación de ficheros.—Se modifican los ficheros automatizados de datos de carácter personal “CMC” y “Usuarios”, recogido en el anexo I de la presente ordenanza.

Art. 2.  Medidas de seguridad.—Los ficheros que mediante la presente ordenanza se modifican cumplen las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal.

Art. 3.  Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos.—Las personas afectadas por los ficheros automatizados y manuales estructurados pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos cuando proceda, ante el órgano responsable de cada fichero.

Art. 4.  Entrada en vigor.—La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

CMC

1.  Órgano, ante o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pinto, Concejalía de Cultura.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derecho de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Pinto.

3.  Nombre y descripción del fichero que se modifica: CMC. Gestión de usuarios de talleres.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

5.  Sistema de informatización al que pertenece el fichero: Servicio de Cultura.

6.  Medidas de seguridad que se aplican: medidas de nivel medio.

7.  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

a) Datos de carácter identificativos: nombre y apellidos del usuario, dirección, teléfonos, DNI/NIF del usuario, DNI/CIF del responsable (para menores de edad), e-mail.

b) Datos de características personales: sexo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento.

c) Datos del servicio: profesión, datos bancarios (banco, sucursal, DC, número de cuenta), nombre y apellidos del titular de la cuenta, DNI/CIF titular cuenta.

8.  Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: datos identificativos de usuarios del servicio.

9.  Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: todas las personas físicas que utilicen el servicio de emergencias.

10.  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

11.  Órganos y entidades destinados de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: ninguno.

USUARIOS

1.  Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Ayuntamiento de Pinto, Concejalía de Deportes.

2.  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Pinto.

3.  Nombre y descripción del fichero que se modifica: USUARIOS. Datos de usuarios de deportes.

4.  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: informatizado.

5.  Sistema de información al que pertenece el fichero: Servicio de Deportes.

6.  Medidas de seguridad que se aplican: medidas de nivel medio.

7.  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

a) Datos de carácter identificativos: nombre y apellidos de usuario, dirección, teléfonos, DNI/NIF del usuario, DNI/CIF del responsable (para menores de edad), e-mail.

b) Datos de características personales: sexo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento.

c) Datos del servicio: profesión, datos bancarios (banco, sucursal, DC, número de cuenta), nombre y apellidos del titular de la cuenta, DNI/CIF titular cuenta.

8.  Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: datos identificativos de usuarios del servicio.

9.  Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: todas las personas físicas que faciliten la información.

10.  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: el propio interesado o su representante legal.

11.  Órganos y entidades destinados de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: ninguno.

Pinto, a 20 de octubre de 2009.—El alcalde, Juan José Martín Nieto.

(03/34.710/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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