Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091029-0139
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.551 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Blanca de la Cruz Chamorro, contra la empresa “Confort Cleaning Systems, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 444 de 2009 En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre reclamación de cantidad, entre doña Blanca de la Cruz Chamorro, doña Kelly Anabel Hernández Mero y doña Amanda Marina Ácaro, como demandantes, y “Confort Cleaning Systems, Sociedad Limitada”, como demandada, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Blanca de la Cruz Chamorro, doña Kelly Anabel Hernández Mero y doña Amanda Marina Ácaro, contra la mercantil “Confort Cleaning Systems, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a las actoras las siguientes cantidades: A doña Blanca de la Cruz Chamorro: 2.920,62 euros. A doña Kelly Anabel Hernández Mero: 3.168,38 euros. A doña Amanda Marina Ácaro: 5.342,23 euros. Todas estas cantidades, incrementadas en el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Si el del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena, y 150,25 euros en concepto de depósito o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándola a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Confort Cleaning Systems, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 5 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/33.568/09) |