Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091029-0134
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 766 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Castro Flor y don Jesús Hernández Martín, contra la empresa “Mudanzas Técnicas Ruiz, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 26 de 2009 En Madrid, a 21 de enero de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto el presente auto número 766 de 2008, seguido entre partes: como demandantes, don Ángel Castro Flor y don Jesús Hernández Martín, mayores de edad, con documento nacional de identidad y domicilios que constan en autos, asistidos de la letrada doña María Pilar Cardenal Duce, y como demandados, la empresa “Mudanzas Técnicas Ruiz, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados ambos en legal forma, versando los autos sobre cantidad, dictándose la presente resolución en nombre de su majestad el Rey y en base al siguiente: Fallo Que estimando parcialmente la demanda promovida por don Ángel Castro Flor y don Jesús Hernández Martín, contra la empresa “Mudanzas Técnicas Ruiz, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar a los actores las siguientes sumas, más el 10 por 100 de interés moratorio. A don Ángel Castro Flor: 20.710,30 euros. A don Jesús Hernández Martín: 20.714,70 euros. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación. Previniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento, abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mudanzas Técnicas Ruiz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/33.569/09) |