Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091029-0113

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 756 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mustafá Essafy, doña Natividad Rincón Santos, doña Mercedes Esteban Jiménez, doña María José González del Cano, don Constantín Calugaru y don Miguel Ángel de la Cruz Toledano, contra la empresa “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:

Se acuerda la desacumulación de los autos número 951 de 2009 del Juzgado de lo social número 31 de Madrid, a instancias de doña Lucía González del Caño, al no constar la demanda de extinción de contrato de dicha parte en los presentes autos, y devuélvase dicho procedimiento al Juzgado de origen con atento oficio.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.714/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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