Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091028-0049

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 44
DE MADRID

EDICTO

Doña Concepción González Martínez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 44 de los de Madrid.

Hace saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid con el número 1.216 de 2007, a instancias de la herencia yacente de don Luis de Alfonso López, contra doña Angelina Olivares Pérez, cuyo último domicilio conocido fue en esta capital, y que actualmente se encuentra en ignorado paradero, en procedimiento de desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad, se ha acordado por resolución del día de la fecha notificar por medio del presente la sentencia recaída al demandado, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Doña María José Lorena Ochoa Vizcaíno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 44 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio verbal número 1.216 de 2007, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de rentas y cantidades asimiladas, promovidos por la procuradora de los tribunales doña Ana Llorens Pardo, en nombre y representación de la herencia yacente de don Luis de Alfonso López, contra doña Angelina Olivares Pérez, declarada en rebeldía en estos autos.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la procuradora doña Ana Llorens Pardo, en nombre y representación de la herencia yacente de don Luis de Alfonso López, contra doña Angelina Olivares Pérez y, en consecuencia, debo declarar resuelto el contrato de arrendamiento que vinculaba a las partes de fecha 10 de octubre de 1963 sobre el local sito en el piso segundo derecha interior de la calle Espoz y Mina, número 1, de Madrid, y decretar el desahucio de la parte demandada respecto del mismo, con apercibimiento de lanzamiento de no desalojar el mismo, y debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 14.170,20 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la demanda y demás rentas y cantidades asimiladas que vayan venciendo, con sus intereses, hasta el desalojo efectivo, y al abono de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos correspondientes lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma legal, a la demandada, en paradero desconocido, doña Angelina Olivares Pérez, y para su fijación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado expido el presente.

En Madrid, a 15 de julio de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/9.145/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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