Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-10-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091028-0072

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se hace público para general conocimiento que la Junta de Gobierno Local de 30 de septiembre de 2009, al punto denominado “Delegación de competencias para el ejercicio de la acción administrativa de representación y defensa del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón”, ha adoptado el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Primero.—Delegar al titular del Área de Gobierno y Gestión de Economía, Hacienda, Contratación y Patrimonio, Recursos Humanos y Régimen Interior y Promoción Económica la competencia para la representación y defensa del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid en la reclamación económico-administrativa número 200/2009/19484, con el fin de que por citado titular se realicen todas las actuaciones procesales hasta la obtención de la resolución que ponga fin a dicho procedimiento.

Segundo.—Publicar la referida delegación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la delegación al Pleno de la Corporación.

Lo que notifico para su conocimiento y demás efectos, significándole que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 8 y disposiciones concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, puede interponer, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

En Pozuelo de Alarcón, a 9 de octubre de 2009.—El alcalde, Gonzalo Aguado Aguirre.

(03/33.740/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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