Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-10-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091026-0222

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Lauro Arellano Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Las Palmas de Gran Canaria.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 247 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Penélope Delgado Pérez, contra “Mantenimiento de Jardinería Misan, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado resolución del siguiente tenor literal:

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de septiembre de 2009.—Dada cuenta, por repartida la anterior demanda, regístrese con su número de orden en el libro de su razón.

Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación dispongo:

Se declara la jurisdicción y competencia de este Juzgado para conocer de la demanda formulada por doña Penélope Delgado Pérez, contra “Mantenimiento de Jardinería Misan, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad.

Se admite la demanda y se acuerda darle la tramitación correspondiente, citándose a las partes en única convocatoria para los actos de conciliación si procediera y, en su caso, juicio, para lo cual se señala el día 29 de octubre de 2009, a las once cuarenta y cinco horas, haciéndose entrega a la demandada de copia de la demanda y documentos acompañados.

Se advierte a las partes que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, no suspendiéndose el juicio por la incomparecencia de la demandada citada en forma, en cuyo caso, se le tendrá en rebeldía sin necesidad de previa declaración, y previniéndose a la demandante que si no comparece ni alega causa justa, que a juicio del juzgador motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistida de su demanda.

A los otrosí, se tienen por hechas las manifestaciones que contiene.

Se requiere a la parte demandada para que aporte los documentos interesados por la parte actora.

Cítese a la parte demandada para que comparezca al acto de juicio a responder al interrogatorio de la contraparte por sí o mediante tercero que designe por tener conocimiento personal de los hechos, bajo apercibimiento de tenerse por reconocidos los hechos que le perjudiquen, así como de multa de 180,30 a 601,01 euros.

Se requiere a la parte actora, a fin de que en el plazo de cuatro días subsane defecto en el nombramiento de letrado.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, salvo supuestos de conflictos colectivos y de impugnación de convenios en los que no habrá lugar dicho recurso.

Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento de Jardinería Misan, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.382/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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