Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091024-0037

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 16 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.601 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Galo Sánchez Domínguez, contra la empresa “Gesticón Encofrados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Juan Galo Sánchez Domínguez, contra “Gesticón Encofrados, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la nulidad de la extinción contractual basada en causas objetivas que fue notificada al demandante con efectos de 17 de noviembre de 2008, condenando, en su consecuencia, a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que proceda a la inmediata readmisión del actor en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad, así como a que, en todo caso, le abone los salarios dejados de percibir desde la fecha de su efectividad hasta que, finalmente, la readmisión tenga lugar.

Esta sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá anunciarse, por comparecencia o por escrito, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma. Si quien recurre fuere la parte demandada deberá acreditar documentalmente al anunciar el recurso haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado el importe de la condena, pudiendo sustituir la consignación en metálico por aseguramiento mediante aval bancario en el que habrá de hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. Igualmente, al tiempo de interponer el recurso deberá acreditar documentalmente haber consignado en la citada cuenta el depósito de 150,25 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesticón Encofrados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.636/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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