Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0264

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 929 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elisa Antonia Villasante Moreno, contra la empresa “Larey XXI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en fecha 29 de septiembre de 2009 la siguiente resolución:

Sentencia número 436 de 2009

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto el presente auto número 929 de 2009 seguido entre partes; como demandantes, doña Elisa Antonia Villasante Moreno, doña Judith Villoria Lechón, doña María Nieves Fernández Fontanet, don Javier Prieto Mayoral, don Javier Aztiria Sánchez, doña Aída López Remedios, don Rubén Delgado Almendros, doña Myriam López Sánchez, doña Ana Mitkova Ilieva, doña Leticia Trócoli Lucas, don Ricardo Javier Galván Martínez, doña Tamara Aparicio López, doña Lidia Ledesma La Hera, doña Rosa María Manzanal Martín y doña Míriam Dalila Rosero Plúas, mayores de edad, con documento nacional de identidad y domicilio que consta en autos, representados por el graduado social don José Landín Zorrilla, y como demandados, “Larey XXI, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, versando los autos sobre despido, dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Elisa A. Villasante Moreno, doña Judith Villoria Lechón, doña María Nieves Fernández Fontanet, don Javier Prieto Mayoral, don Javier Aztiria Sánchez, doña Aída López Remedios, don Rubén Delgado Almendros, doña Myriam López Sánchez, doña Ana Mitkova Ilieva, doña Leticia Trócoli Lucas, don Ricardo Javier Galván Martínez, doña Tamara Aparicio López, doña Lidia Ledesma La Hera, doña Rosa María Manzanal Martín y doña Mírian Dalila Rosero Plúas, contra “Larey XXI, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro nulo el despido de los actores de fecha 17 de mayo de 2009, declarando, asimismo, extinguida con efectos desde la fecha de la presente resolución la relación laboral que vincula a las partes litigantes, condenando a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes sumas por indemnización y salarios de trámite respectivamente, y ello sin perjuicio de las responsabilidad subsidiaria a que pueda alcanzar al Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia empresarial.

A doña Elisa Antonia Villasante Moreno: 36.149,16 euros y 6.155,36 euros.

A doña Judith Villoria Lechón: 624,26 euros 1.732,64 euros.

A doña María Nieves Fernández Fontanet: 3.604,50 euros y 1.815,60 euros.

A don Javier Prieto Mayoral: 730 euros y 1.632 euros.

A don Javier Aztiria Sánchez: 4.440,24 euros y 3.427,20 euros.

A doña Aída López Remedios: 7.889.70 euros y 5.109,52 euros.

A don Rubén Delgado Almendros: 784,07 euros y 2.189,60 euros.

A doña Myriam López Sánchez: 848,04 euros y 1.799,28 euros.

A doña Ana Mitkova Ilieva: 564,85 euros y 1.864,56 euros.

A doña Leticia Trócoli Lucas: 12.679,88 euros y 5.109,52 euros.

A don Ricardo Javier Galván Martínez: 2.208 euros y 2.502,40 euros.

A doña Tamara Aparicio López: 718,27 euros y 2.105,28 euros.

A doña Lidia Ledesma La Hera: 1.128,39 euros y 1.763,92 euros.

A doña Rosa María Manzanal Martín: 1.932,61 euros y 987,36 euros.

A doña Míriam Dalila Rosero Plúas: 766,80 euros y 1.738,08 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación.

Previniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento, abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Larey XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.924/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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