Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-10-2009

Sección 2.110.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091022-0240

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Y MEDIO RURAL Y MARINO

Confederación Hidrográfica del Tajo

Sistema de La Tajera

INFORMACIÓN PÚBLICA

Cánones de regulación para el año 2009

De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulación, de aplicación a los aprovechamientos de aguas públicas del Sistema de La Tajera durante el año 2009.

1.  Canon de regulación para beneficiarios de riego: 13,78 euros/hectárea.

2.  Canon de regulación para beneficiarios de abastecimiento y otros usos del agua, excepto los hidroeléctricos: 0,008253 euros/metro cúbico.

3.  Canon de regulación para beneficiarios de usos no consuntivos: 0,000550 euros/metro cúbico.

4.  Canon de regulación para beneficiarios de usos hidroeléctricos: 0,000353 euros/kilovatio hora.

Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua beneficiados por la regulación efectuada en el Sistema de La Tajera.

Las liquidaciones que se practiquen a los usuarios se incrementarán en el 4 por 100 de la tasa por explotación de obras y servicios, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 138/1960.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las reclamaciones que estimen oportunas en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sitas en la avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid, en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 5 de octubre de 2009.—El secretario general, Juan Sanabria Pérez.

(02/11.393/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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