Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-10-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091014-0011

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Gestión Urbanística

Subdirección General de Promoción del Suelo

Servicio de Gestión de Suelo Privado

Departamento de Gestión Zona 2

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 26 de marzo de 2009, y en el expediente administrativo con RG.a 711/2006/17265, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Estimar la solicitud presentada por la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado, Sector UZP 2.04, “Desarrollo del Este-Los Berrocales”, de excluir de la continuación de los trámites expropiatorios a las fincas 16 y 17, en orden a lo dispuesto en la sentencia firme de la Audiencia Provincial, Sección número 18, de Madrid, de fecha 28 de octubre de 2008, dictada en el recurso de apelación 241/2008.

Segundo.—Estimar y desestimar, total o parcialmente, las alegaciones presentadas, todo ello de acuerdo con el informe emitido con fecha 26 de febrero de 2009 por el Servicio de Gestión de Suelo Privado de la Subdirección General de Promoción 
de Suelo.

Tercero.—Aprobar conforme a lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística y el artículo 17.f) de la Ley de 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de 
Madrid, el proyecto de expropiación por tasación conjunta de las fincas, bienes y derechos incluidos en el ámbito del Sector de Suelo Urbanizable Programado UZP 2.04, “Desarrollo del Este-
Los Berrocales”, cuyos titulares no se han incorporado a la Junta de Compensación del mismo.

Cuarto.—Notificar individualizadamente a los interesados titulares de bienes y derechos y publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión de la provincia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Quinto.—Conferir a los interesados titulares de bienes y derechos afectados un plazo de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito ante este Ayuntamiento su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, advirtiéndoles expresamente que si no formularen oposición a la valoración en el citado plazo de veinte días, se entenderá aceptada la que se fija en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente, y de conformidad, todo ello, con lo previsto en los apartados 7 y 9 del artículo 202 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística.

De conformidad con lo previsto en el apartado quinto, se confiere a los interesados titulares de bienes y derechos afectados un plazo de veinte días para manifestar por escrito ante este Ayuntamiento su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, al que podrá acompañarse relación pericial, en cuyo caso se dará traslado del expediente y la hoja de aprecio impugnada al Jurado Territorial de Expropiación de Madrid, a efectos de fijar el justiprecio; de no formularse oposición a la valoración en el citado plazo, se entenderá aceptada la fijada en el acto aprobatorio del expediente.

Dejando a salvo las cuestiones valorativas en que se actuará según lo previsto en el apartado quinto y lo dicho anteriormente, esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

LISTADO DE FINCAS Y TITULARES AFECTADOS

Por último, mediante el presente anuncio se notifica el citado acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, a los titulares que a continuación se relacionan, cuyo domicilio es desconocido o no ha sido posible su notificación:

Madrid, a 23 de septiembre de 2009.—El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.

(02/11.041/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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