Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091013-0051

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Moreno Mora, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.005 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Olmer Pascual Tinitana, contra la empresa “Mohecor Comunidad de Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 274 de 2009

En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, seguidos a instancias de don Olmer Pascual Tinitana, representado por la letrada doña Vanesa Palomo Vicente, colegiada número 77.617, contra “Mohecor Comunidad de Bienes”, que no comparece.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Olmer Pascual Tinitana Cuenca, contra la empresa “Mohecor Comunidad de Bienes”, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada y a los socios comuneros señores don Luis Miguel Mohedano Moriano, don Fernando Mohedano y doña Abora Hernández Rodríguez a que abonen al demandante de forma solidaria la cantidad total de 1.014,27 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Luis Miguel Mohedano y don Fernando Mohedano, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.306/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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