Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-10-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091012-0099

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE COLMENAR VIEJO

EDICTO

Doña Ángela Torres Mohedas, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 519 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Colmenar Viejo, a 27 de abril de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de faltas número 519 de 2008, seguidos por falta de hurto, en donde figuran como denunciante, don Daniel Antonio Villacis; como perjudicados, doña Gislanhine Villacis Velásquez, doña Daniela Villacis Velásquez y don Daniel Villacis Velásquez; como denunciado, don Mario Aurelio Naranjo Romero, y con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública.

Que debo absolver y absuelvo a don Mario Aurelio Naranjo Romero de la falta de vejaciones por la que fue enjuiciado, declarando de oficio las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes implicadas.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días computados desde la notificación de la presente, que se interpondrá ante este Juzgado, para su conocimiento y fallo, por la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Daniel Antonio Villacis Moreira, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 10 de septiembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/31.051/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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