Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091012-0186

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 39
DE MADRID

EDICTO

Doña Gema Fernández Menéndez, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal de desahucio número 1.772 de 2008, seguidos ante este Juzgado, a instancias de don Francisco Martín Sánchez y de doña Ann Rae Shih Wan, contra don Juan Antonio Cobo Amores y don Alejandro José Inchausti, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 9 de marzo de 2009.—Vistos por mí, doña María Teresa Villagarcía Sancho, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 39 de los de esta capital, los presentes autos de juicio de desahucio número 1.772 de 2008, promovidos por el procurador de los tribunales don Justo Guedeja-Marrón de Onís, en representación de don Francisco Martín Sánchez y doña Ann Rae Shih Wan, contra don Juan Antonio Cobo Amores y don Alejandro José Inchausti, como parte demandada, en situación procesal de rebeldía; en nombre de Su Majestad el Rey, y por la autoridad que me ha sido conferida, procedo a dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Justo Guedeja-Marrón de Onís, en representación de don Francisco Martín Sánchez y doña Ann Rae Shih Wan, contra don Juan Antonio Cobo Amores y don Alejandro José Inchausti, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 1 de enero de 2006 del local 2, sito en Madrid, calle Segovia, número 16, y, en su virtud, debo condenar y condeno a don Juan Antonio Cobo Amores y don Alejandro José Inchausti a estar y pasar por esta resolución y a que desalojen, dejen libre y a disposición de la parte actora dicho inmueble, si no lo han hecho ya, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifican.

Y debo condenar y condeno a don Juan Antonio Cobo Amores y don Alejandro José Inchausti a abonar a la parte actora la cantidad de 13.939,83 euros y las rentas que vayan devengándose hasta la efectiva desocupación del inmueble arrendado, así como al abono de los intereses del fundamento jurídico cuarto y las costas procesales causadas.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso de apelación dentro del término de cinco días a partir de su notificación, debiendo estar la parte demandada al corriente de pago para poder interponer dicho recurso, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 449.1 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Antonio Cobo Amores y don Alejandro José Inchausti, se extiende la presente para que sirva de notificación en legal forma a los mismos, en Madrid, a 9 de junio de 2009, doy fe.—La secretaria (firmado).

(02/11.095/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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