Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091008-0317
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 432 de 2009-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Labrado Ruperto, contra doña María Cruz Navarrete Rodríguez, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 326 de 2009 En Móstoles, a 10 de septiembre de 2009. Fallo Estimando la demanda interpuesta por doña Cristina Labrado Ruperto, frente a doña María Cruz Navarrete Rodríguez, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto la actora el día 4 de febrero de 2009, declarando la extinción de la relación laboral existente entre las partes, con efectos desde esta misma fecha, condenando a la demandada a abonar a la demandante una indemnización en cuantía de 8.701,87 euros, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido (4 de febrero de 2009), hasta la fecha de esta resolución a razón de 25,50 euros/día. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades del Fondo de Garantía Salarial. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal 1096, del paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditándolo con presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2850, la cantidad objeto de la condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio del recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña María Cruz Navarrete Rodríguez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 16 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/31.067/09) |

