Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091008-0173

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.489 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena Arroyo Allende, contra las empresas “P y C 3000”, “SP Fidelity, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 326 de 2009

En Madrid, a 9 de septiembre de 2009.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 del Juzgado y localidad o provincia de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Almudena Arroyo Allende, que comparece por sí, y de otra, como demandada, “P y C 3000” que no comparece, y “SP Fidelity, Sociedad Anónima”, que comparece asistida del letrado don Francisco Javier Robledo y Fondo de Garantía Salarial, que comparece asistido del letrado don Víctor García Rodríguez, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Desestimando íntegramente la demanda formulada por doña Almudena Arroyo Allende, frente a “P y C 3000” y “SP Fidelity, Sociedad Anónima”, debo absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos formulados en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “P y C 3000” y “SP Fidelity, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.197/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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