Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-10-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091007-0186

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

3337 Orden 4319/2009, de 21 de septiembre, por la que se dispone la puesta en funcionamiento de Institutos de Educación Secundaria para el curso 2009-2010.

La demanda de escolarización prevista ha dado lugar al Decreto 71/2009, de 23 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto), por el que se crean dos Institutos de Educación Secundaria, en los municipios de Parla y El Molar. El comienzo de actividades y autorización de enseñanzas de estos dos Institutos se dispone mediante la presente Orden.

De conformidad con lo previsto en el Decreto de creación, en el artículo 1 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, y en el artículo 1 del Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

DISPONGO

Primero

Los Institutos de Educación Secundaria creados por el Decreto 71/2009, de 23 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto), que a continuación se relacionan, comenzarán a desarrollar sus actividades en el curso 2009-2010:

1. Madrid-Sur:

28070974. Instituto “Jimena Menéndez Pidal”, de Parla.

Domicilio: Calle Planeta Tierra, número 3.

Código postal: 28983.

Localidad: Parla.

Municipio: Parla.

2. Madrid-Norte:

28071310. Instituto “Cortes de Cádiz”, de El Molar.

Domicilio: Avenida Doctores, esquina a calle Santa Águeda.

Código postal: 28710.

Localidad: El Molar.

Municipio: El Molar.

Segundo

Los Institutos de Educación Secundaria que se ponen en funcionamiento en el curso 2009-2010 mediante la presente Orden quedan autorizados para impartir la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales y de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con lo previsto en el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y desarrollada por el Decreto 67/2008, de 19 de junio, de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio).

Tercero

Con el fin de garantizar su normal apertura y funcionamiento, por las Direcciones de Área Territorial de esta Consejería, se tomarán las oportunas medidas para el nombramiento con carácter extraordinario de directores de los centros que se crean, según lo previsto en el artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Cuarto

Se autoriza a las Direcciones Generales de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales y de Recursos Humanos de esta Consejería para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que exijan la puesta en funcionamiento de los nuevos centros que se dispone por la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden tendrá eficacia al día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 21 de septiembre de 2009.

La Consejera de Educación,
 LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/32.305/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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