Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091001-0127
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.082 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Arévalo Arroba, contra las empresas “Construcciones Gratal, Sociedad Limitada”, “María Ángeles Álvarez 2000, Sociedad Limitada”, “Albañiles Autónomos 1997, Sociedad Limitada”, “Hostelería Navacerrada, Sociedad Anónima”, “Constructora Riglos, Sociedad Limitada”, y “La Fama Industrial, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 28 de julio de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Diligencia.—En Madrid, a 28 de julio de 2009. La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con fecha 24 de julio de 2009 tuvo entrada en el Registro de la Delegación del Decanato, correspondiendo a este Juzgado de lo social para su tramitación, la demanda presentada por don Alejandro Arévalo Arroba, contra “Construcciones Gratal, Sociedad Limitada”, “María Ángeles Álvarez 2000, Sociedad Limitada”, “Albañiles Autónomos 1997, Sociedad Limitada”, “Hostelería Navacerrada, Sociedad Anónima”, “Constructora Riglos, Sociedad Limitada”, y “La Fama Industrial, Sociedad Anónima”, en materia de despido. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe. Parte dispositiva: Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, fórmense autos y regístrense en el libro registro correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada. Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 13 de octubre de 2009, a las diez y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala C), de esta ciudad. Hágase entrega a la demandada de copia de la demanda presentada y resto de los documentos. Documental: ha lugar y líbrese el correspondiente despacho a la Tesorería General de la Seguridad Social. Testifical: ha lugar y cítese a través del Juzgado a don Álvaro Sánchez a fin que comparezca a la celebración de juicio oral en calidad de testigo. Al otrosí: ha lugar, y cítese a los representantes legales de las empresas demandadas, según lo solicitado por la actora, para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y efectos preveídos en el artículo 304 del mismo texto legal; es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Constructora Riglos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/31.080/09) |

