Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091001-0062
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS NAVALCARNERO URBANISMO Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 18 de febrero de 2009, se aprobaron definitivamente los Estatutos de la Entidad Urbanística de Conservación del Sector I-2 “Barrio San Isidro” del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, que fue presentado por “Sepes” como promotor de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136.3 y 137 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como en los artículos 24 al 30, 68.2, 161 y 162 del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978. Asimismo, se acordó designar como representante municipal en la Entidad de Conservación al alcalde-presidente, o persona en quien delegue. Igualmente se acordó requerir a los propietarios del ámbito para que constituyan la Entidad de Conservación del Sector I-2 “Barrio San Isidro” del Plan General de Ordenación Urbana mediante escritura pública. Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución; o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior podrá acudirse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Navalcarnero, a 2 de marzo de 2009.—El alcalde-presidente, Baltasar Santos González. (02/2.897/09) |

