Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091001-0065
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 391 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Victorio Banderas Iglesias, contra la empresa “Representaciones y Calefacción, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 252 de 2009 En nombre del Rey.—En Madrid, a 5 de junio de 2009. Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre resolución del contrato de trabajo por voluntad del trabajador y despido, siendo partes en los mismos, de una como demandante, don Victorio Banderas Iglesias, asistido por el letrado don José Antonio Ruano García, y de otra, como demandada, “Representaciones y Calefacción, Sociedad Anónima”, que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, representado por la letrada doña María Ángeles Rodríguez López. Fallo Que estimando la demanda de extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador interpuesta por don Victorio Banderas Iglesias, contra “Representaciones y Calefacción, Sociedad Anónima”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro extinguido el contrato de trabajo que unía a ambas partes con esta fecha, condenando a la empresa a que le abone en concepto de indemnización 10.014 euros; y estimando la demanda por despido interpuesta por don Victorio Banderas Iglesias, contra “Representaciones y Calefacción, Sociedad Anónima”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a la empresa a que le abone en concepto de salarios de tramitación la suma de 4.806,72 euros. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Representaciones y Calefacción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 8 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/30.385/09) |

