Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090929-0062
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6 DE MADRID EDICTO Que en el expediente de consignación por despido número 570 de 2009 de este Juzgado de lo social se han dictado providencias que copiadas literalmente son como sigue: Diligencia.—En Madrid, a 10 de marzo de 2009. La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social, por turno de reparto, la anterior actuación instada por “Eulen, Sociedad Anónima”, en relación con don Aicha Oulad Hasna.—Doy fe. Providencia Magistrado-juez sustituto de lo social, don Joaquín Castro Colas.—En Madrid, a 10 de marzo de 2009. Por turnado el anterior asunto, regístrese, incoándose el correspondiente procedimiento. Dese traslado a don Aicha Oulad Hasna mediante copia del escrito presentado por “Eulen, Sociedad Anónima”, sobre reconocimiento de la improcedencia del despido y depósito realizados a efectos del artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores. De conformidad con lo dispuesto en dicho artículo, y constando en la cuenta del Juzgado el ingreso de la cantidad, hágase saber al interesado que tal cantidad se halla a su disposición, pudiendo retirarla una vez sea firme esta resolución. Se advierte a las partes de que, una vez abonada la cantidad y recibido el resguardo del banco, se procederá al archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez sustituto de lo social (firmado). Diligencia.—En Madrid, a 10 de septiembre de 2009. La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que no ha sido retirada la cantidad consignada a favor de don Aicha Oluad Hasna, no habiéndose podido notificar la providencia de puesta a disposición de fecha 10 de marzo de 2009 a pesar de los reiterados intentos. Asimismo, hago constar que en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social consta como domicilio el mismo en el que ha sido negativa la notificación al trabajador, resultando imposible averiguar otro domicilio, paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe. Providencia Magistrada-juez de lo social, doña Elena Bornaechea Morlans.—En Madrid, a 10 de septiembre de 2009. Dada cuenta; visto el estado de las presentes actuaciones, desconociéndose el domicilio de don Aicha Oulad Hasna, notifíquese la presente resolución, así como la providencia de 10 de marzo de 2009 por medios de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, requiriendo al trabajador para que comparezca en la Secretaría de este Juzgado en el plazo de diez días a fin de retirar el mandamiento de pago a su favor, bajo apercibimiento de que de no hacerlo se transferirá la suma de 92,77 euros a favor del Tesoro Público. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Aicha Oluad Hasna, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 10 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/30.101/09) |