Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090929-0095

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 184 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de don Afakir Mohamed, contra la empresa “Morse Actividades Laborales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 1 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Afakir Mohamed, contra “Morse Actividades Laborales, Sociedad Limitada”, por un principal de 11.355,06 euros, más 1.021,95 euros en concepto de intereses y 1.135,50 euros de costas calculadas provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

c)  Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución, y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas:

1)  Las cantidades que en concepto de saldos pendientes de facturar u otros conceptos tenga que percibir la ejecutada de “Multiservicios El Molón, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, “Haus Construcciones Rep., Sociedad Anónima”, “Sogeosa Sociedad General de Obras, Sociedad Anónima”, “Vertederos de Residuos, Sociedad Anónima”, “Palmagrés Solados, Sociedad Limitada”, “Urbaser, Sociedad Anónima”, “Avintia Proyectos y Construcciones, Sociedad Limitada”, y “Gestión Agesul, Sociedad Limitada”.

2)  Los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la avenida del Mediterráneo, número 30, de Madrid, del “Banco Santander”; en la sucursal de la calle Valladolid, número 5, de Parla (Madrid), de “Caja de Madrid”, y en la sucursal de la calle Castilla-León, número 14, de Arroyomolinos (Madrid), del “Banco Pastor”.

A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento.

d)  Asimismo, líbrese oficio al Juzgado de lo social número 34 de Madrid al objeto de que remita al Juzgado testimonio del auto de insolvencia provisional que se hubiera podido dictar en el procedimiento de ejecución número 90 de 2009 (demanda número 663 de 2008), que se sigue contra la misma empresa demandada, y caso de existir sobrante en el mismo nos lo transfiera a la cuenta del Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Morse Actividades Laborales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.861/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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