Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090928-0150
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B) Autoridades y Personal Consejería de Sanidad
El Decreto 79/2009, de 25 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre), del Consejo de Gobierno, regula el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud. La disposición adicional única del referido Decreto establece que el número máximo de nombramientos de personal emérito que se podrá conceder anualmente se fijará mediante Orden del titular de la Consejería competente en materia de Sanidad. Por otra parte, el artículo 5, apartado 3, de dicho Decreto crea una Comisión de Expertos, compuesta por un Presidente y cinco Vocales que han de ser elegidos por el Consejero de Sanidad, oído el Consejo Superior de Sanidad, de entre licenciados sanitarios de reconocido prestigio. En virtud de todo lo expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Artículo 1 Número máximo de eméritos para 2009 Durante el año 2009 se podrán nombrar hasta un máximo de dos licenciados sanitarios estatutarios fijos en situación de jubilado como personal emérito del Servicio Madrileño de Salud. Artículo 2 Nombramiento de Presidente y Vocales Nombrar como Presidente y Vocales de la Comisión de Expertos a: Presidente: Titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria. Vocales: — Don Manuel Díaz-Rubio García. — Don Ángel Nogales Espert. — Don José Antonio Rodríguez Montes. — Don Felipe Ángel Calvo Manuel. — Don Antonio José Torres García. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dada en Madrid, a 25 de septiembre de 2009. El Consejero de Sanidad, JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS (03/31.147/09) |

