Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090926-0186

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 525 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Poyatos Sánchez, contra don Alberto Ortega Díaz, “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia de fecha 2 de septiembre de 2009 siguiente:

Sentencia número 390 de 2009

En Madrid, a 2 de septiembre de 2009.—Vistos por ilustrísima señora doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre despido, seguidos en este Juzgado bajo el número 525 de 2009, entre las siguientes partes: de una, y como demandante, doña María del Carmen Poyatos Sánchez, asistida del letrado don Jon Zabala Otegui, y de otra, como demandadas, las empresas “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, y la persona física don Alberto Ortega Díaz, que citados no han comparecido, habiéndose citado también al Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia con base en el siguiente

Fallo

Que estimando en parte la demanda formulada por doña María del Carmen Poyatos Sánchez, contra las empresas “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, y la persona física don Alberto Ortega Díaz, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora, condenando a la demandada “Recobolsa, Sociedad Anónima”, a que en el plazo de cinco días opte ante este Juzgado de lo social entre la readmisión de la actora o el abono de una indemnización de 25.621,99 euros, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido (18 de febrero de 2009) a la fecha de la notificación de la presente resolución, a razón de 63,81 euros diarios, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo, durante ese lapso o los períodos de incapacidad temporal, si los hubiere. Se absuelve a la empresa “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”. Se tiene por desistida de la demanda respecto de don Alberto Ortega Díaz.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Alberto Ortega Díaz, “Recobolsa, Sociedad Anónima”, y “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.426/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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