Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-09-2009

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0025

Páginas: 0


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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 23 de junio de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Hidro Building System, Sociedad Limitada”, y representantes legales de los trabajadores (PCM-245/2009).

Vista el Acta de Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre ­Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de junio de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-245/2009.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día 13 de mayo de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Pedro Baena Pérez.

Vocal: Don Carlos González López.

Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.

Vocal: Doña Olga Gutiérrez Alonso.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha 23 de abril de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Doña Christine Lebriez, en calidad de Directora de Recursos Humanos.

La empresa “Hydro Building Systems, Sociedad Limitada”, domiciliada en la rotonda René Descarte, sin número, de Alcalá de Henares.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don José María Rabanal Sánchez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Antonio del Salto Torres, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto,
según escrito introductorio presentado por los representantes
legales de los trabajadores

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  Según pacto que se adjunta:

PACTO CAMBIO DE SEDE “HYDRO MADRID”

REUNIDOS

De una parte: Don Antonio del Salto y don José María Rabanal, como delegados de personal de “Hydro Building Systems, Sociedad Limitada”, Centro-Madrid.

Y de la otra: Doña Christine Lebriez y don José A. Camarillas, representando a la dirección de la empresa, obrando en nombre y representación de la empresa “Hydro Building Systems, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Velázquez, número 157, 28002 Madrid, con código de identificación fiscal número B-08295362.

Reconociéndose las partes capacidad legal mutua para otorgarse el presente documento, a tal efecto convienen en realizar el siguiente pacto.

ACUERDAN

Primero

El disfrute por parte del equipo interno del Centro-Madrid de cinco plazas de aparcamiento de las seis que tiene asignadas la empresa en su nueva sede sita en la calle Velázquez, número 157, 28002 Madrid.

Segundo

Se establece un horario de oficinas con flexibilidad de entrada y salida, según documento adjunto “Nuevo horario Centro-Madrid”.

Y en prueba de conformidad sobre el contenido del presente documento, una vez leído por ambas partes, lo firman por duplicado y a un solo efecto en Madrid, a 12 de mayo de 2009.

NUEVO HORARIO CENTRO-MADRID

De lunes a jueves:

— Entrada: 08.00 y 09.00.

— Comida: 13.30 y 15.00 (mínimo una hora).

— Salida: 18.00 (en función de la hora de entrada y el tiempo empleado en la comida).

Total: Ocho horas y treinta minutos (todos).

Ejemplos:

— 08.00-13.00 y 15.00-18.00.

— 08.30-13.30 y 14.30-18.00.

— 09.00-14.00 y 15.00-18.30.

Viernes:

— Entrada: 08.00 y 09.00.

— Salida: 14.00 (en función de la hora de entrada).

Total: seis horas (todos).

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y diez horas del día de hoy.—El Secretario suplente (firmado).

(03/23.607/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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