Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0011
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D) Anuncios Consejería de Empleo y Mujer
Examinada el acta de la citada fecha por medio de la cual las partes firmantes constituidas como comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, acuerdan la modificación del artículo 5, apartado 1.1.c), “Gratificaciones extraordinarias”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General RESUELVE 1.o Inscribir el acta de 21 de mayo de 2009 en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo. 2.o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 23 de junio de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría. ACTA DE CONSTITUCIÓN DE COMISIÓN NEGOCIADORA Y FIRMA DE LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA “TRACCIÓN Y COMERCIO” Reunidos en el centro de trabajo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, en la localidad de Madrid, el día 21 de mayo del 2009, siendo las dieciséis y treinta horas. De una parte, la dirección de la empresa, representada por doña María Carmen Barranco Jiménez, con documento nacional de identidad número 672344-P. De otra, la representación de los trabajadores concurrente en la persona de su delegada de Personal, doña María Luisa Morales Romero, con documento nacional de identidad número 50178697-B. Ambas partes se reconocen legitimación y capacidad recíproca para negociar la presente modificación del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de febrero de 2009 (código número 2804012), fijándose como orden del día: — Constitución de la comisión que negociará la modificación del artículo 5, apartado 1.1.c), relativo a las gratificaciones extraordinarias del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”. — Redacción de los nuevos términos del artículo 5, apartado 1.1.c), del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, que sustituirán a la redacción anterior. — Aprobación del texto final del artículo 5, apartado 1.1.c), del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”. — Decisión de presentar la correspondiente modificación del convenio colectivo para su registro y publicación ante la autoridad laboral competente. A las dieciséis y cuarenta horas se inicia la negociación, con la designación como miembros de la comisión negociadora a las personas siguientes: Presidente de la comisión, a don José Marcos Hernández Campos, con documento nacional de identidad número 2629387-G. Por parte de la empresa, a doña María Carmen Barranco Jiménez, con documento nacional de identidad número 672344-P. Por parte de los trabajadores, a doña María Luisa Morales Romero, con documento nacional de identidad número 50178697-B. Acto seguido, el Presidente da por iniciada la deliberación sobre los extremos de la modificación relativa a la redacción del artículo 5, apartado 1.1.c) del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, decidiéndose de mutuo acuerdo por las partes el borrador de los nuevos términos del correspondiente apartado del artículo mencionado, que sustituirán íntegramente a la redacción anterior. Siendo las dieciocho horas, y estando ultimado el borrador de la modificación del tenor literal del artículo 5, apartado 1.1.c), del convenio colectivo de la empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, el Presidente de la comisión negociadora se dirige a las partes (representante de la empresa y representante de los trabajadores), con el fin de que ratifiquen el texto final del nuevo tenor literal del apartado 1.1.c) del artículo antes indicado del convenio colectivo, siendo así ratificado se aprueba la redacción final del nuevo tenor literal del artículo 5, apartado 1.1.c), que sustituirá íntegramente a la redacción anterior en los términos siguientes: Artículo 5. «1.1.c) Gratificaciones extraordinarias: Las gratificaciones extraordinarias de Navidad, beneficio y verano, equivalentes cada una de ellas a treinta días de salario, quedarán prorrateadas en 12 mensualidades.» Las partes igualmente acuerdan que la efectividad de esta modificación sea de aplicación efectiva desde la fecha del presente acuerdo con efectos retroactivos al inicio del presente año. Termina la sesión con la decisión manifiesta por las dos partes de la comisión negociadora de presentar el texto definitivo de la modificación del convenio colectivo de empresa “Tracción y Comercio, Sociedad Anónima”, para su registro y publicación. Sin más aspectos tratados se levanta la sesión por el Presidente de la comisión negociadora a las dieciocho quince horas, en el lugar y fecha señalados en el primer párrafo del acta, felicitando a las partes por la consecución de la modificación del convenio colectivo. Madrid, a 2009.—El presidente, José Marcos Hernández Campos.—El representante de la empresa, María Carmen Barranco Jiménez.—La delegada de Personal, María Luisa Morales Romero. (03/23.612/09) |