Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0038
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE BILBAO EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Izaskun Ortuzar Abando, secretaria del Juzgado de lo social número 8 de Bilbao (Bizkaia). Hago saber: Que en autos número 480 de 2009, ejecución número 142 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Luz Ruiz Merino, doña Ana María Uriarte Garay y doña Noelia Fernández Felipe contra la empresa “Astrodomus 3006, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente: Providencia Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Francisco Cañamares Pabolaza.—En Bilbao (Bizkaia), a 9 de septiembre de 2009. Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 14 de septiembre de 2009, a la empresa “Astrodomus 3006, Sociedad Limitada”, en favor de las demandantes doña María Luz Ruiz Merino, doña Ana María Uriarte Garay y doña Noelia Fernández Felipe, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado de lo social, sito en la calle Barroeta Aldamar, número 10, primera, código postal 48001, el día 30 de septiembre de 2009, a las nueve cincuenta y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a las que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que, si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia. Notifíquese a las partes esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Astrodomus 3006, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Bilbao (Bizkaia), a 9 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/30.609/09) |

