Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-09-2009

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0269

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Educación

3228 Resolución de 16 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 17 de julio de 2009, por la que se declara deudora en el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a la trabajadores doña Gema Seoane Pastrana.

Esta Dirección General ha dictado la Resolución de referencia por la que se declara deudora en el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a la trabajadora doña Gema Seoane Pastrana. La notificación a la interesada se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución de 17 de julio de 2009, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a la interesada de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO

La funcionaria interna doña Gema Seoane Pastrana prestó servicios como Profesora de Enseñanza Secundaria con una jornada al 50 por 100. No obstante, se le acreditó y percibió indebidamente, a través de la nómina de personal funcionario destinado en centros docentes no universitarios adscritos a la Dirección de Área Territorial Madrid-Sur de esta Consejería, los haberes correspondientes a una jornada del 100 por 100 durante el período del 3 de octubre al 30 de noviembre de 2005. Asimismo, la señora Seoane Pastrana, dejó de prestar servicios, debido a licencia por maternidad, el 10 de diciembre de 2005 y se le acreditó y percibió indebidamente los haberes correspondientes al período del 11 al 31 de diciembre de 2005, por un importe de 1.659,82 euros.

Por Resolución de esta Dirección General, de fecha 25 de mayo de 2009, se inició el procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina, previsto en la Orden de 23 de mayo de 2001 del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 135, de 8 de junio) y habida cuenta de que, dentro del plazo de audiencia, la interesada no presentó alegaciones ni procedió a la devolución de la cantidad indebidamente percibida.

Esta Dirección General, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 118/2007 de 2 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 207, de 31 de agosto) y con base en lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 258, de 27 de noviembre),

RESUELVE

Declarar deudora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid a doña Gema Seoane Pastrana, con DNI número 9788430-K, por la cantidad de 1.659,82 euros, correspondiente a los haberes percibidos del 11 al 31 de diciembre de 2005, acreditados indebidamente al haber dejado de prestar servicios, debido a licencia por maternidad el 10 de diciembre de 2005, y los haberes percibidos por una jornada del 100 por 100 durante el período del 3 de octubre al 30 de noviembre de 2005, cuando le correspondía únicamente una jornada del 50 por 100.

El período de pago voluntario se iniciará a la fecha de la recepción de la notificación de esta Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

— Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Podrá realizar el pago para la extinción de la deuda utilizando el impreso normalizado modelo 039 que se adjunta. Para acreditar el ingreso se remitirá el ejemplar para la Administración de dicho modelo 039 con la correspondiente impresión mecánica efectuada por la entidad bancaria, al Servicio de Coordinación de Nóminas de las DAT de esta Dirección General, sito en Gran Vía, número 3, planta tercera.

Si, transcurrido el período de pago voluntario no ha sido cancelada la deuda, se procederá a su cobro en período ejecutivo, con el correspondiente devengo de los recargos del período ejecutivo y de los intereses que legalmente correspondan.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa y, contra ella puede interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Organización Educativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de recepción de esta notificación (artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica).

Madrid, a 17 de julio de 2009.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/30.425/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0269