Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090925-0107
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 38 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 380 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Gascón Armiñoso, don Said Echanaa, don Hernán Jesús Soto Velásquez y don Arbey de Jesús Mesa Tabares, contra la empresa “Mantenimiento Integral y Construcción, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de aclaración de sentencia: Su señoría acuerda: No ha lugar a la aclaración solicitada, por cuanto que cuando se estima la acción por resolución de contrato no es menester entrar a dirimir las causas del ulterior despido (ex artículo 32 de la Ley de Procedimiento Laboral), al pender una de la otra; no obstante, en el fundamento jurídico segundo de la referida sentencia se procede a analizar el despido acontecido en el supuesto de autos. Siendo que al estimarse la demanda por resolución de contrato a instancias del trabajador la relación laboral queda extinguida en la fecha de la resolución a tenor del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores y jurisprudencia que lo desarrolla, pudiéndose reclamarse los salarios debidos hasta la fecha de la extinción, en su caso, en el correspondiente procedimiento de cantidad. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento Integral y Construcción, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 1 de septiembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/29.199/09) |

