Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090924-0165
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 31 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 546 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Jiménez Cortijo y don José Jiménez Álvaro, contra las empresas “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, “Grupo Baluarte, Sociedad Limitada”, y “Leyten Miles, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Estimando la demanda formulada por don José Jiménez Cortijo y don José Jiménez Álvaro, frente a “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, y “Grupo Baluarte, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, a abonar a los actores las cantidades siguientes, más el 10 por 100 de interés por mora: A don José Jiménez Cortijo, 3.140,59 euros. A don José Jiménez Álvaro, 3.617,51 euros. Respondiendo solidariamente la empresa codemandada “Grupo Baluarte, Sociedad Limitada”, sobre los conceptos salariales. Sin hacer pronunciamiento alguno sobre el Fondo de Garantía Salarial. Teniendo a los actores por desistidos de su demanda frente a “Leyten Miles, Sociedad Limitada”. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nuyma 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 1 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/29.828/09) |

