Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090924-0064

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 185 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristián Ricardo Arteaga Matute, contra la empresa “Wilicons, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 1 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por don Cristián Ricardo Arteaga Matute, contra “Wilicons, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.487,63 euros, más 248,76 euros en concepto de intereses y 248,76 euros de costas calculadas provisionalmente.

b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.

c)  Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas, los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la calle Príncipe de Vergara número 126, de Madrid, de “Caja España”, en la sucursal de la calle Cuenca, número 1, de Parla (Madrid) del “Banco Popular Español”, y en la sucursal del paseo de la Castellana, número 144, de Madrid de “La Caixa”. A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en el “Banesto” con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento.

d)  Y desprendiéndose de la base de
datos de la Dirección General de Tráfico la existencia de dos vehículos propiedad d
 la ejecutada, un vehículo mixto adaptable “Citröen” berlina 1.9 DC Cumbre, con matrícula M-1869-WP, y un vehículo mixto adaptable “Ford” Transit, con matrícula,
M-2341-WT, se acuerda el embargo de dichos vehículos; y a tales fines, líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral) y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.

e)  Asimismo, líbrense oficios a los Juzgados de lo social números 5, 10, 30, 36 y 38 de Madrid al objeto de que remitan al Juzgado testimonios de los autos de insolvencia provisional que se hubiera podido dictar respectivamente en los procedimientos de ejecución número 141 de 2008 (demanda número 319 de 2008), número 32 de 2009 (demanda número 560 de 2008), número 107 de 2009 (demanda número 699 de 2008), número 110 de 2008 (demanda número 753 de 2007) y número 78 de 2009 (demanda número 860 de 2008) que se siguen contra la misma empresa demandada, y caso de existir sobrante en los mismos nos lo transfieran a la cuenta del Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Wilicons, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.904/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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