Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-09-2009

Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090923-0031

Páginas: 0


B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

3184 RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la composición definitiva-parcial y se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos al resto de integrantes de la lista de espera de funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A (actual Subgrupo A1), de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 296/2007, de 7 de marzo, de la entonces Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril), se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A (actual Subgrupo A1), de la Comunidad de Madrid, que fueron resueltas por Resolución de 26 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de julio).

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoquinta de la propia convocatoria de pruebas selectivas, por Resolución de 24 de abril de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 4 de mayo), modificada por Resolución de 6 de mayo de 2009, de dicha Dirección General (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de mayo), se aprobó e hizo pública la lista de espera provisional a efectos de la selección de funcionarios interinos del citado Cuerpo y se requirió la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigibles para el acceso al mismo a los cien primeros integrantes de la referida lista, verificándose por este Centro Directivo dicho cumplimiento. Posteriormente, mediante Resolución de 30 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de julio), se aprobó la composición definitiva-parcial formada por un total de 76 aspirantes que presentaron en el plazo y forma establecidos la documentación requerida, todo ello según lo preceptuado en el citado Decreto 50/2001, de 6 de abril.

Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto, asimismo, en la base decimoquinta de la Orden de convocatoria, en el supuesto de agotarse la lista de espera aprobada y siempre que existan candidatos que, habiendo alcanzado la calificación mínima de 8 puntos en el primer ejercicio de la fase de oposición, no se hayan integrado en la lista inicial, la Dirección General de Función Pública podrá ampliar dicha lista con el número de candidatos que resulte conveniente en función de las necesidades del servicio.

En este sentido, por la anteriormente mencionada Resolución de 30 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de julio), se procedió a ampliar la lista de espera provisional-parcial hasta alcanzar el número 200 de la lista supletoria que fue publicada en los tablones de anuncios de las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Función Pública, así como en la página web de esta última.

Los aspirantes que deben integrar la ampliación de la lista de espera referida en el párrafo anterior deberán acreditar, con anterioridad a la aprobación de la misma, que cumplen los requisitos establecidos por la base segunda de la convocatoria.

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas, esta Dirección General de Función Pública

HA RESUELTO

Primero

Aprobar y publicar la composición definitiva-parcial de integrantes de la lista provisional-parcial aprobada por Resolución de 30 de junio de 2009, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 9 de julio), para la cobertura de puestos vacantes por funcionarios interinos del Cuerpo Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A (actual Subgrupo A1), de la Comunidad de Madrid, derivada del proceso selectivo convocado por la Orden 296/2007, de 7 de marzo, de la Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril), y que se relaciona en el Anexo I.

Segundo

El Órgano Gestor de la lista de espera, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, será la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda, a la que deberán dirigirse las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías o Gerencias de los Organismos Autónomos que precisen personal.

Tercero

Se declara decaídos en el derecho a formar parte de la lista de espera definitiva-parcial a aquellos aspirantes que en el plazo establecido a tal efecto en la Resolución de 30 de junio de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 9 de julio) no han presentado la documentación requerida en tiempo y forma.

Cuarto

La ampliación de la lista de espera relacionada en el Anexo I entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

De acuerdo con el citado Decreto 50/2001, esta Dirección General de Función Pública procede a requerir a los aspirantes relacionados en el Anexo II la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los documentos que se indican a continuación:

— Fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad.

— Fotocopia debidamente compulsada de una de las siguientes titulaciones académicas: licenciado, ingeniero o arquitecto o, en su caso, documentación que acredite estar en condiciones de obtenerla.

— Los aspirantes pertenecientes al cupo de discapacidad, además de la documentación requerida anteriormente, deben aportar fotocopia debidamente compulsada de la tarjeta identificativa de la discapacidad expedida por el órgano competente o del certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones.

La documentación requerida habrá de estar referida siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias del correspondiente proceso selectivo (30 de abril de 2007), y podrá presentarse a través de los registros que figuran en el Anexo III de esta Resolución, o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo dirigirse a la Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección de esta Dirección General de Función Pública (plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20, primera planta, 28015 Madrid).

Se adjunta a la presente Resolución como Anexo IV modelo de solicitud que puede ser cumplimentado por los aspirantes a estos efectos.

En el supuesto de que se aportara documentación por aspirantes que no figuran en el citado Anexo II, la misma será considerada en todo caso como extemporánea, por lo que no será tenida en cuenta ni producirá efecto alguno en relación con la formación de la lista de espera objeto de la presente Resolución, sin perjuicio de la posibilidad de que dichos aspirantes se personen ante la Subdirección General de Planificación de Efectivos y Selección, sita en la plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20, primera planta, a fin de poder recuperar la documentación presentada.

Sexto

A los integrantes de la lista de espera provisional relacionados en el Anexo II que en el plazo establecido a tal efecto no hubieran presentado la documentación requerida, o la misma no estuviera debidamente compulsada, se los declarará decaídos en su derecho a formar parte de la lista de espera definitiva.

Séptimo

Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, esta Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva-parcial y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en Madrid, a 4 de septiembre de 2009.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

ANEXO I

Lista de espera definitiva-parcial por orden de puntuación:

Lista de espera definitiva-parcial por orden alfabético:

ANEXO II

Lista de espera provisional-parcial por orden de puntuación:

Lista de espera provisional-parcial por orden alfabético:

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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