Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-09-2009

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090921-0287

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Empleo y Mujer

3174 ORDEN 2316/2009, de 27 de agosto, por la que se crea el fichero mixto (manual e informatizado) de datos de carácter personal de las solicitudes de ayudas del Fondo Económico de Emergencia establecido en el artículo 18.2 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid

El artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la aprobación de disposiciones de carácter general por las que se creen, modifiquen o supriman ficheros de datos incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley se realizará mediante Orden del Consejero respectivo.

Por la presente disposición se crea un fichero mixto (manual e informatizado) de datos de las solicitudes de las ayudas del Fondo Económico de Emergencia establecido en el artículo 18.2 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid (Ayudas Fondo Económico Emergencia), gestionadas por la Dirección General de la Mujer.

El citado fichero estará constituido por el conjunto de datos consignados en las solicitudes presentadas por las interesadas para acceder a dichas ayudas.

La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados, tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, implantándose un nivel de seguridad alto, para la consecución de los fines para los que se crea.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior y en uso de las atribuciones que me han sido concedidas,

DISPONGO

Artículo único

Creación del fichero mixto (manual e informatizado) de datos de carácter personal de las solicitudes de ayudas del Fondo Económico de Emergencia establecidas en el artículo 18.2 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

1.  El objeto de la presente disposición es la creación de un fichero mixto (manual e informatizado) de datos de carácter personal denominado Fichero de Ayudas Fondo Económico Emergencia, que contiene los datos de las solicitudes de ayudas del Fondo Económico de Emergencia formuladas por mujeres víctimas de Violencia de Género en el ámbito doméstico o afectivo, establecidas en el artículo 18.2 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

2.  En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal, se establece un nivel de protección alto para los datos contenidos en el Fichero de Ayudas Fondo Económico Emergencia.

3.  Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 63.1 la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y en el artículo 28 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, a fin de garantizar la intimidad y proteger los derechos de las víctimas de violencia de género, los datos consignados en el Anexo a esta Orden recogerán únicamente los aspectos imprescindibles que permitan cumplir lo dispuesto en materia de protección de datos de carácter personal.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor de la Orden

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de agosto de 2009.

La Consejera de Empleo y Mujer,
 MARÍA PALOMA ADRADOS GAUTIER

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: AYUDAS FONDO ECONÓMICO EMERGENCIA.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Empleo y Mujer, Dirección General de la Mujer.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejería de Empleo y Mujer, Dirección General de la Mujer, División de Atención Social a la Mujer.

Nombre y descripción del fichero: AYUDAS FONDO ECONÓMICO EMERGENCIA.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF/NIE, nombre y apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico.

— Otros datos de carácter identificativo : Fecha de nacimiento, estado civil, responsabilidades familiares. Otros tipos de datos: Datos de circunstancias sociales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDA DEL FONDO ECONÓMICO DE EMERGENCIA RECOGIDO EN EL ARTÍCULO 18.2 DE LA LEY 5/2005, DE 20 DE DICIEMBRE, INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: Solicitantes. Beneficiarias.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Interesados legítimos.

(03/29.215/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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