Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-09-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090917-0177

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

3136 RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2009, por la que se hace público el acuerdo relativo al Plan Especial de ­Infraestructuras para el “Refuerzo del Ramal Este del sistema de Torrelaguna. Tramo: Torrelaguna-Valdeolmos-Alalpardo, que afecta a los municipios de Torrelaguna, El Vellón, Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama, Fuente el Saz de Jarama y Valdeolmos-Alalpardo”, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 186/09).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2009, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para el “Refuerzo del Ramal Este del sistema de Torrelaguna. Tramo: Torrelaguna-Valdeolmos-Alalpardo, que afecta a los municipios de Torrelaguna, El Vellón, Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama, Fuente el Saz de Jarama y Valdeolmos­Alalpardo”, promovido por el Canal de Isabel II, adoptando acuerdo del siguiente tenor literal:

«En virtud del contenido de los informes, técnico y jurídico, de 15 y 24 de julio de 2009, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 24 de julio de 2009, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,

ACORDÓ

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras para el “Refuerzo del Ramal Este del sistema de Torrelaguna. Tramo: Torrelaguna-Valdeolmos-Alalpardo, que afecta a los municipios de Torrelaguna, El Vellón, Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama, Fuente el Saz de Jarama y Valdeolmos-Alalpardo”, promovido por el Canal de Isabel II.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes, para su emisión, a los siguientes Organismos afectados:

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

— Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

— Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

— Dirección General de Carreteras. Consejería de Transportes e Infraestructuras.

— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.

— Dirección General del Medio Ambiente. Área de Vías Pecuarias. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Cuarto

Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Torrelaguna, El Vellón, Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama, Fuente el Saz de Jarama y Valdeolmos-Alalpardo, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes».

Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, podrá ser examinado, por un período de un mes, en los locales de la Comisión de Urbanismo, de Madrid, sitos en el Negociado de Información Urbanística, calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 4 de septiembre de 2009.—El Secretario General ­Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/3.574/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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