Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090916-0074

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 38 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.631 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, contra don Alfredo García Escamilla, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Foster Project Management, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto de fecha 27 de julio de 2009, cuyo razonamiento jurídico segundo y dispongo son los siguientes:

Segundo.—En el presente caso ha lugar a la aclaración solicitada al haberse producido un error de transcripción en la referida resolución, así en el fundamento jurídico primero de la sentencia debe añadirse lo siguiente: “Formuló el Instituto Nacional de la Seguridad Social prescripción de la cantidad reclamada, excepción que debe desestimarse por cuanto que, primeramente, no se alega en la reclamación previa y, en segundo lugar, y principalmente por cuanto que el artículo 43 de la Ley General de la Seguridad Social establece un plazo de prescripción de cinco años en materia de Seguridad Social que se vio interrumpido en 2006 con la reclamación a la empresa (folio 77 de autos), motivos que conllevan a desestimar dicha excepción”.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que establece el razonamiento jurídico segundo de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Foster Project Management, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.769/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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