Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-09-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090915-0026

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar las siguientes cuantías de los precios públicos para actividades y cursos dentro del Plan Local de Mejora y Extensión de los Servicios Educativos.

Segundo.—Derogar y dejar sin efectos los anteriores precios públicos que estuvieran en vigor relativos a las actividades concretas que son objeto de modificación.

Tercero.—Publicar para su efectividad el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, entrando en vigor al día siguiente de la presente publicación.

Modalidad A

Cursos:

— Matrícula de inscripción a los distintos cursos: 6 euros.

Los cursos que por sus características requieran materiales o necesidades especiales sufrirán un incremeto de, al menos, el 5 por 100 sobre estos precios.

Tardes sin cole:

— Número de horas prestadas por día: dos.

— Precio por día: 2,70 euros.

Se podrán conceder bonificaciones al pago del precio solicitado, previa acreditación, siendo de aplicación una reducción del 30 por 100 en los siguientes casos:

1. Familias numerosas.

2. Minusvalía con grado igual o superior al 33 por 100.

Modalidad B

Días no lectivos:

— Número de horas prestadas por día: ocho.

— Precio por día: 14,40 euros.

Colonias en Navidad y Semana Santa:

— Número de horas prestadas por día: ocho.

— Precio por día: 10,80 euros.

Colonias de verano:

— Número de horas prestadas por día: ocho.

— Precio por día: 7 euros.

En estos precios no está incluido el servicio de comedor.

Se podrán conceder bonificaciones al pago del precio solicitado, previa acreditación, siendo de aplicación una reducción del 30 por 100 en los siguientes casos:

1. Familias numerosas.

2. Minusvalía con grado igual o superior al 33 por 100.

En Sevilla la Nueva, a 30 de julio de 2009.—El alcalde-presidente, don Mario de Utrilla Palombi.

(03/29.321/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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