Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-09-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090915-0043

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

OTROS ANUNCIOS

Dirección General de Gestión Urbanística

Subdirección General de Promoción de Suelo

Departamento de Expropiaciones I

Unidad Técnica Estudios y Proyectos

EDICTO

Por medio del presente edicto y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los titulares que a continuación se relacionan por las causas que asimismo se indican, el siguiente acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid en sesión celebrada el día 10 de junio de 2009.

«Primero.—Estimar o desestimar las alegaciones a la relación de bienes y derechos y el Proyecto de Expropiación por tasación conjunta para obtención del suelo necesario para la conclusión de las obras del polideportivo “Gallur”, formuladas durante el trámite de información pública en los términos del informe de contestación a las citadas alegaciones que obran en el expediente.

Segundo.—Aprobar la relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación de 5.428 metros cuadrados situados en el área urbana consolidada 10.02, acción 10D009 (02)-01, calificados como deportivo singular, necesarios para la conclusión de las obras del pabellón polideportivo cubierto en la calle Gallur, de conformidad con el artículo 197 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3228/1978, de 25 de agosto, en relación con el artículo 17.1 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y el artículo 16 de su Reglamento, de 26 de abril de 1957.

Tercero.—Aprobar el Proyecto de Expropiación por tasación conjunta, de conformidad con lo previsto en los artículos 201 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3228/1978, de 25 de agosto, puestos en relación con el artículo 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 30 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo.

Cuarto.—Autorizar y disponer el gasto por un importe de 4.551.590,40 euros con cargo a la partida 001/035/43204/680.00 en concepto de hoja de aprecio de la finca número 1 para su consignación a favor de quien acredite su titularidad.

Quinto.—Notificar el presente acuerdo, de manera individualizada, a los titulares de los bienes y derechos afectados junto con la hoja de aprecio, confiriéndoles un término de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, según lo dispuesto en el artículo 202.7 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3228/1978, de 25 de agosto.»

A doña Emilia Coll Almarcha, doña María Teresa Esquerdo, don Alfonso Esquerdo Coll, don Jaime Esquerdo Coll y doña Carmen Esquerdo Coll, a quienes se les comunicó mediante notificación individual que ha sido devuelta por el servicio de correos al no haber comparecido a su retirada en el plazo establecido, según lo indicado por ese servicio.

A don José Esquerdo Coll y a don Javier Esquerdo Coll, a quienes se les comunicó mediante notificación individual que ha sido devuelta por el servicio de correos al ser desconocidos.

A don Antonio Esquerdo Coll, a quien se le comunicó notificación individual que ha sido devuelta por el servicio de correos al tener dirección incorrecta.

Lo que se publica a los efectos oportunos, significándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo dictó en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. En el supuesto de que se optase por interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Si el recurso de reposición es resuelto expresamente, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será el de dos meses a contar desde el día siguiente al que reciba la notificación, y en el supuesto de desestimación presunta, el plazo de presentación del referido recurso contencioso-administrativo será de seis meses a contar desde el siguiente día en que deba entenderse presuntamente desestimado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, sin perjuicio de que pueda ser ejercitado cualquier recurso que se estime oportuno.

Madrid, a 19 de agosto de 2009.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, PS el subdirector general, Cirilo García Teresa.

(01/3.476/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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