Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090915-0077

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 312 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Carrillo Félix, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y “Bronte, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la resolución:

Sentencia número 312 de 2009

En Madrid, a 19 de junio del 2009.—Habiendo visto la señora doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio sobre prestaciones seguidas ante este Juzgado con el número 312 de 2009, a instancias de doña María Dolores Carrillo Félix, asistida por la letrada doña Clara Tomás Azorín, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, representados por el letrado don Jesús Gutiérrez Gutiérrez; frente a “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, representada por el letrado don Carlos María Pérez-Roldán Suanzes-Carpegna, y frente a la empresa “Bronte, Sociedad Limitada”, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente:

Fallo

Que desestimando la demanda promovida por doña María Dolores Carrillo Félix, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, frente a “Fremap”, así como frente a la empresa “Bronte, Sociedad Limitada”, absuelvo a los demandados de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia, y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bronte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.362/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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